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Panamá aplica un sistema de tributación territorial, donde los ingresos de fuente extranjera generalmente no están sujetos a impuestos; la Sociedad Anónima (S.A.) es una estructura internacional común. Se debe pagar un impuesto anual fijo (tasa única) cada año. En los últimos años, se han reforzado los requisitos de registro privado de UBO y de contabilidad según los estándares de FATF/OECD. Las reglas continúan evolucionando, consulte los últimos anuncios oficiales de Panamá (Registro Público/DGI).
Panamá Resumen de condiciones clave
| Tipos de empresas comunes | S.A. (sociedad anónima) / SRL |
|---|---|
| Impuesto sobre sociedades | Tributación territorial, ingresos de fuente extranjera generalmente al 0%; ingresos de fuente local al 25%. |
| Costos de establecimiento (aproximados) | Aproximadamente US$1,000–US$3,000 (primer año) |
| Mantenimiento anual | Impuesto anual único aproximadamente US$300; agente registrado (abogado) |
| Requisitos sustanciales / de declaración | Registro privado de UBO, conservación de registros contables, KYC; CRS |
| Uso adecuado | Holding, protección de activos, comercio, tenencia de bienes raíces |
| Apertura de cuenta bancaria | La revisión de apertura de cuenta es estricta, se requiere una KYC completa y explicación del origen de fondos. |
| Cambios recientes | A partir de 2025, el nuevo régimen establece que el 15 de junio de cada año es la fecha límite anual para que el agente registrado (resident agent) presente ante la autoridad fiscal (DGI) la declaración del cumplimiento de la obligación de conservar los registros contables de la empresa (independientemente de si la empresa aún está en funcionamiento). El incumplimiento de la presentación dará lugar a multas, y si la situación persiste sin mejora, podría resultar eventualmente en la disolución forzosa de la empresa. Los detalles están sujetos al último aviso oficial. |
Panamá Puntos a considerar
- La exención territorial solo se aplica a ingresos de fuente extranjera; los ingresos de fuente local siguen siendo gravables, y la determinación de la fuente debe hacerse con cautela.
- En los últimos años, los requisitos de registro de UBO y registros contables se han vuelto más estrictos, reduciendo el nivel de 'confidencialidad' en comparación con el pasado.
- Las reglas de CFC y tributación sustantiva del país de origen aún pueden ser aplicables, no se debe considerar como una exención total.
- A partir de 2025, se añade una nueva fecha límite anual el 15 de junio para la presentación de registros contables. Además de las multas por presentación tardía, si la situación no se mejora durante un período prolongado, existe el riesgo de disolución forzosa de la empresa. Se debe recordar al agente registrado que presente a tiempo.
Panamá Proceso de solicitud
- Establecer una S.A. y designar directores a través de un abogado panameño (agente registrado).
- Registrar UBO y crear un mecanismo de contabilidad.
- Abrir una cuenta bancaria y preparar los documentos de origen de fondos.
- Pagar anualmente la tasa única y mantener el agente de registro.
Panamá Preguntas frecuentes
¿Las empresas panameñas deben pagar impuestos por las ganancias obtenidas en el extranjero?
Panamá aplica un sistema de tributación territorial, donde los ingresos de fuente extranjera generalmente no están sujetos a impuestos locales; sin embargo, se debe tener cuidado con la determinación de la fuente de ingresos y las reglas fiscales del país de origen, se recomienda consultar a un profesional.
¿Las empresas panameñas aún pueden mantener el anonimato?
Ya existen requisitos de registro privado de UBO y KYC, las autoridades y agentes pueden acceder a la información de los beneficiarios sustantivos, y el nivel de confidencialidad debe entenderse según la legislación vigente.
¿Las empresas panameñas tienen una fecha límite de presentación anual?
Sí. A partir de 2025, el nuevo régimen establece que el 15 de junio de cada año es la fecha límite anual para que el agente registrado presente ante la autoridad fiscal (DGI) la declaración del cumplimiento de la obligación de conservar los registros contables de la empresa, independientemente de si la empresa está en funcionamiento ese año. La presentación tardía dará lugar a multas, y si la situación no se mejora durante un período prolongado, podría resultar en la disolución forzosa de la empresa. Las reglas y sanciones reales están sujetas al último aviso oficial.
¿Cómo verificar si la normativa sobre constitución de empresas, fiscalidad y cumplimiento en esta jurisdicción está actualizada?
Las normativas fiscales, tasas anuales, requisitos de sustancia económica y de beneficiario final (UBO) de cada jurisdicción se modifican con frecuencia. Recomendamos: ① consultar los anuncios oficiales del registro mercantil o la autoridad fiscal local (enlaces oficiales al final de esta página); ② verificar la fecha de los datos indicados en esta página; ③ conocer las obligaciones anuales posteriores a la constitución (declaraciones, auditoría contable y sustancia económica), no solo el costo de constitución; ④ mantenerse alerta ante frases comerciales como "efectos fiscales exagerados" o "sin obligaciones de declaración o cumplimiento tras la constitución", y consultar a profesionales fiscales/jurídicos calificados para decisiones importantes. Este sitio es una recopilación neutral de información pública; siempre prevalece la normativa oficial más reciente.
¿Dónde se consulta el registro oficial de empresas de Panamá y es público?
| Organismo oficial de registro | Registro Público de Panamá |
|---|---|
| ¿Puede el público consultar el registro? | ⚠️ Consulta en línea limitada (solo nombre/estado) |
| Explicación | Se puede consultar el registro básico de la empresa, pero la propiedad beneficiaria (beneficiario final) no es pública. |
| Consulta oficial | Ir a la consulta oficial del registro ↗ |
Lo anterior es un resumen de información pública de las autoridades oficiales de registro de empresas; las reglas de consulta pública y divulgación de beneficiarios reales cambian con frecuencia; consulte las normas oficiales más recientes. Ver tabla comparativa de transparencia registral por jurisdicción →
Fuente oficial: Dirección General de Ingresos (DGI) — Panamá · Fecha de la información: 2026-07.Esta página es una recopilación neutral de datos públicos, solo para referencia; no constituye asesoramiento fiscal/legal. Los programas se rigen por los avisos oficiales vigentes.